Feriado Proporcional. Procedimiento de Cálculo en 3 pasos
Trabajadores sujetos a un sistema de remuneración mixta, esto es, que además del sueldo, perciben prestaciones variables, cuya remuneración íntegra durante el feriado estará constituida por el sueldo, al cual habrá que adicionar el promedio de las remuneraciones variables percibidas en los últimos tres meses laborados.
1º.- Valor día;
- Haberes Imponibles de los tres últimos meses menos; horas extras. Y asignación Familiar. Divididos por los dias efectivamente trabajados en los tres últimos meses.
2º Cantidad de días
Buscaremos entonces la cantidad de días de vacaciones proporcionales que de acuerdo a la antigüedad del trabajador, corresponde que se le Indemnice para lo cual las dos formulas mas conocidas son:
Multiplicar la antigüedad del trabajador por factor (1.75) para lo cual vamos a usar una antigüedad de 6 meses: 6 X 1.75 = 10.5 días
Usando los mismos datos, diremos:
Multiplicamos la antigüedad del trabajador por factor (1.25) y con este resultado empezamos a contar en el calendario solo los días hábiles haciendo cuenta como que el trabajador se tomara las vacaciones el día siguiente al despido, (Lunes 10 de Abril) y al llegar al ultimo día hábil que le correspondiere nos volvemos atrás en el calendario sumando los Sábados, Domingos y festivos que han quedado entremedio, siendo esta suma final el resultado de la cantidad de días:
6 X 1.25 = 7.5 Entonces los días 7.5 empezamos a contar el Martes 11 terminando de contar los días hábiles el Viernes 21 luego nos volvemos atrás y recogemos los días inhábiles y feriados y los sumamos a los 7.5 días lo cual nos da; 10.5 días. El cual posteriormente se procede a multiplicar por la cantidad de días ABRIL
L M M J V S D
1 2
3 4 5 6 7 8 9
10 11 12 13 14 15 16
17 18 19 20 21 22 23
24 25 26 27 28 29 30
14 comentarios:
El factor 1,75 NO existe ya que el trabajador tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones, luego 15: 12=1,25 días hábiles por mes trabajado, a los que se deben agregar las sábado, domingo y festivos que incidan en el período.
Tal vez no exista el factor directamente pero si al resultado de los dias resultantes del factor 1,25 le sumas los dias sabado y domingo correspondientes a los dias habiles... el resultado será el mismo que en vez de multiplicar por 1,25 lo haces por 1,75 (que incluye el proporcional de los dias inhábiles)
TODA LA RAZÓN GIOVANNA
No existe ni se debe usar porque muchas veces hay diferencia en dias siempre perjudica al trabajador.
Es mejor calcular con 1,25
hola yo trabaje 3año imedio y quiero sacar mi feriado proporcional y mis vacaciones
efectivamente ocupar el factor 1.75 es utilizado para el calculo de VP, sin embargo es una mala practica en mi opinion, ya que la inspeccion del trabajo es clara al decir que se debe ocupar el factor 1.25. En este ejemplo en particular se da la similitud, pero tengamos en cuenta que no todos los trabajadores son desvinculados un dia lunes, por lo que en la suma podrian agregarse en vez de 2, 4 dias.
si un trabajador es desvinculado el dia viernes se debe empezar a contar desde el dia habil siguiente por lo tanto ya estaria ganando 2 dias.
no estaría ganando dos días; estaría ganando 2 días sábados o festivos multiplicados por 0,04167 (1,25/30) el cual resulta 0,08334... valor que no hace ni mas rico ni mas pobre a nadie... Sigo pensando que el factor 1,75 correctamente aplicado ... de ninguna forma perjudica al trabajador... que alguien me demuestre lo contrario
Yo te lo demuestro con un caso real:
Un trabajador que es finiquitado el 26/06/2015 e inició contrato el 15/17/2014.
Base de Cálculo: $525.000
En total serían 11 meses y 12 días trabajados.
1° Solución (con 1,75):
Convertimos los días en meses 12/30 = 0,4 meses.
11,04*1.75 = 19,95 días de Vacaciones Proporcionales con feriados incluidos.
$525.000/30 = $17.500 valor día.
$17.500*19,95 = $341.250 a pagar por Vacaciones Proporcionales.
2° Solución (con 1,25):
11,4*1,25 = 14,25 días de Vacaciones Proporcionales sin incluir feriados.
Ahora se deben contar 15 (14,25 aproximado) días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de finiquito. Existen dos feriados aparte de los días Sábados y Domingos que son los del Lunes 29/06/2015 y el Viernes 16/07/2015, por lo tanto, al contar los 15 días Hábiles llegamos que el día 21/07/2015 sería la fecha de término de las vacaciones, entonces se puede ver que desde el 26/06/2015 al 21/07/2015 hay 10 días inhábiles, los cuales se deben sumar a los días de Vacaciones.
14,25 + 10 = 24,25 días de Vacaciones Proporcionales a Pagar.
$17.500 * 24,25 = $424.375 a cancelar por Vacaciones Proporcionales.
Por lo tanto:
$424.375 - $341.250 = $83.125.
Se produce una diferencia entre los dos cálculos de $83.125, tal vez no haga más rico ni más pobre a nadie, pero para mí simplemente está mal hecho.
cuando en V.P me da 18.96 días hábiles, esto se aproxima a 19 días habiles?
hay 10 días inhábiles, los cuales se deben sumar a los días de Vacaciones???
11x1.75= 19.25
19.25x17.500= 336.875
11x1.25= 13.75
13.75x17.500= 240.625
Solo por 11 meses. En números simples y tan rebuscado.
Si lo perjudica el factor 1.75 al tener 0.5 más incorpora 2 días más que en este caso corresponderían a los sábados y domingo. Pero si hay un día inhábil (feriado) en el periodo que debes considerar los días lo estaría dejando afuera y ahí el trabajador pierde un día. 🤔
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