21 dic 2007

Orden de no innovar

Uno de ustedes aportó información que indicaba que en el recurso de protección que Codelco interpuso en contra de la Dirección del Trabajo por el tema de los subcontratistas, la Corte de Apelaciones había dado una "orden de no innovar".

Averigüen qué es una "orden de no innovar".

11 comentarios:

Javier Solis F. dijo...

La apelación concedida en el efecto devolutivo significa que el tribunal de primera instancia sigue conociendo del asunto, para evitar perjuicios a los apelantes se les permite solicitar una orden de no innovar. Art. 192 inc. 2º.

Esta petición de no innovar debe formularla el apelante y la ley no señala la oportunidad para hacer uso de esta facultad. De allí que pueda ejercerse desde el momento que ingresan los autos en secretaría y hasta antes de la vista de la causa.

Esta orden debe ser otorgada por el tribunal de alzada por resolución fundada y los efectos que se derivan de ella es que suspende los efectos de la resolución recurrida o bien paraliza su cumplimiento según sea el caso. El tribunal superior puede restringir esos efectos mediante una resolución fundada.

Los motivos invocados por el tribunal para conceder la orden no constituyen motivo para inhabilitarlo.

Cómo se tramita esta orden de no innovar

Cuando se solicita ésta, el presidente del respectivo tribunal debe distribuir estas causas entre las diversas salas en que pueda estar dividido el tribunal, mediante sorteo, y la sala sorteada resuelve en cuenta sobre esta solicitud de orden de no innovar..

Una vez decretada esta orden, la causa queda radicada en esta sala, ella será la que conozca del recurso de apelación interpuesto y esa causa va a gozar de preferencia para figurar en la tabla así como en su vista y en su fallo.

Esta orden produce radicación únicamente cuando se concede, pero no cuando se deniega y además esa orden de no innovar sólo va a operar únicamente en relación con el recurso de apelación en que ella recayó ( principio de la personalidad )

Orden de no innovar: es no hacer nada nuevo, no mudar o alterar las cosas introduciendo novedades. Según Alsina es dejar las cosas en el estado en que se encontraban en un determinado momento.

De ahí que sea una resolución judicial dictada por un órgano jurisdiccional en cuya virtud se ordena a un tribunal inferior que está conociendo de un asunto, paralizar el procedimiento y no llevar a efecto gestión alguna que tienda a proseguir la tramitación de la causa o a cumplir la resolución objetada.

angelito dijo...

¿Que es la Orden de no innovar?


La apelación concedida en el efecto devolutivo significa que el tribunal de primera instancia sigue conociendo del asunto, para evitar perjuicios a los apelantes se les permite solicitar una orden de no innovar. Art. 192 inc. 2º.

Esta petición de no innovar debe formularla el apelante y la ley no señala la oportunidad para hacer uso de esta facultad. De allí que pueda ejercerse desde el momento que ingresan los autos en secretaría y hasta antes de la vista de la causa.

Esta orden debe ser otorgada por el tribunal de alzada por resolución fundada y los efectos que se derivan de ella es que suspende los efectos de la resolución recurrida o bien paraliza su cumplimiento según sea el caso. El tribunal superior puede restringir esos efectos mediante una resolución fundada.

Los motivos invocados por el tribunal para conceder la orden no constituyen motivo para inhabilitarlo.

Cómo se tramita esta orden de no innovar

Cuando se solicita ésta, el presidente del respectivo tribunal debe distribuir estas causas entre las diversas salas en que pueda estar dividido el tribunal, mediante sorteo, y la sala sorteada resuelve en cuenta sobre esta solicitud de orden de no innovar..

Una vez decretada esta orden, la causa queda radicada en esta sala, ella será la que conozca del recurso de apelación interpuesto y esa causa va a gozar de preferencia para figurar en la tabla así como en su vista y en su fallo.

Esta orden produce radicación únicamente cuando se concede, pero no cuando se deniega y además esa orden de no innovar sólo va a operar únicamente en relación con el recurso de apelación en que ella recayó ( principio de la personalidad )

Orden de no innovar: es no hacer nada nuevo, no mudar o alterar las cosas introduciendo novedades. Según Alsina es dejar las cosas en el estado en que se encontraban en un determinado momento.

De ahí que sea una resolución judicial dictada por un órgano jurisdiccional en cuya virtud se ordena a un tribunal inferior que está conociendo de un asunto, paralizar el procedimiento y no llevar a efecto gestión alguna que tienda a proseguir la tramitación de la causa o a cumplir la resolución objetada.

Javier Solis F. dijo...

Implicaria la paralizacion de la obligacion de internalizar a los casi 5000 trabajadores subcontratados ,fundado en el hecho que la internalizacion de ese numero de trabajores provocaria un daño economico significativo (alrededor de 300 millones de dolares )y con base en ese fundamento la corte de apelaciones de Antofagasta ,acogio el recurso judicial llamado "Orden de no innovar"

Unknown dijo...

Formato de Orden de no innovar

I. Corte

...................., por la parte apelante, don .........................., en autos sobre ..............., en procedimiento ................, en el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada(dante), del .....º Juzgado Civil de ésta, caratulados ".................... con ....................", Rol Nº....., de vuestro tribunal, a US.I., respetuosamente, digo:

La sentencia de primer grado dictada por el Sr. Magistrado de aquel tribunal, me ha causado numerosos perjuicios, que están dichos en el recurso mismo.

Agrego, ahora, al respecto, lo siguiente:

a) ..................

b) ..................

c) ..................

Solicito que US. I. se sirva dictar, en autos, una orden de no innovar, en el proceso, por la siguientes razones:

1º Si se cumple la resolución referida, tales perjuicios serán, aún mayores.

2º Además, en tal caso, el asunto será irreversible, debido a que, aunque US. hiciera lugar al recurso de autos, no habría cómo hacerme justicia. Efectivamente, ..........................

3º Además, .........................................

4º Por último, .....................................

POR TANTO,

RUEGO A US. I.: se sirva hacer lugar a la orden de no innovar, en la apelación de la causa individualizada, oficiando al efecto, al Sr. Juez a quo.



________________________

NOTA: Es importante destacar que, a veces, la orden de no innovar puede perjudicar al propio peticionario, debido a que, desde la resolución abusiva, han ocurrido actuaciones que cambian la cara del proceso.

Por ello, en la parte expositiva y en la parte petitoria, convendrá, en su caso, aclarar el alcance

Carlos Dominguez dijo...

EL RECURSO DE APELACIÓN: resoluciones en contra de las cuales procede. Causal que fundamenta la interposición del recurso. Tribunales que intervienen el recurso de apelación. Plazos, Forma de deducir el recurso de apelación. Efectos en que puede ser concedido el recurso de apelación. La orden de no innovar en el recurso de apelación. La orden de no innovar en el recurso de apelación. Tramitación del recurso de apelación en primera y segunda instancia. La vista de la causa. Modos de terminar el recurso de apelación. Fallo de Recurso de Apelación

luis beltran dijo...

considerando lo ya expuesto por mis compañeros debo reconocer que ya no hay mucho que aportar, pero igual seun lo conversado con el abogado de secretaria municipal de San Ramon la orden de no innivar en buen chileno seria, dejar todo congelado y en stanbay hasta tener nuevos antecedentes.

Jdr. dijo...

Buenas tardes, por otro lado y según la Asesoría legal de Patrcio Alvarez Carcamo.

La orden de no innovar se refiere netamente a no hacer nada nuevo, no alterar las cosas introduciendo novedades, infiriendo es dejar las cosas en el estado en que se encontraban en un determinado momento.
En conclusión es no llevar a efecto ninguna gestión.

atte: Jaime Donoso.

Pablo Lembach Martínez dijo...

En palabras simples "significa que todo queda como esta" me parece excelente que la corte deje todo en su curso normal y que las irregularidades de Codelco sean castigadas en forma ejemplarizadoras.

Unknown dijo...

En pocas palabras, "Orden de Innovar" es detener la ejecución de acciones mientras se estudian nuevos antecedentes de la causa.

Unknown dijo...

Srta Fui yo quien aporto sobre el recurso de apelacion pedido por la camara de diputados ( Rodrigo Vidal )2A IAEPT
Aca adjunto sobre el recurso de No Innovar.que fue expuesto en la corte de Antofagasta

La Dirección del Trabajo ordenó a la empresa estatal proceder a internalizar a mas de 5000 trabajadores subcontratados, lo que según Codelco aumentaría estratosfericamente sus costos de producción por lo que presentaron recursos judiciales en contra de la medida.
Y la definicion es la siguiente :

ES La apelación concedida en el efecto devolutivo significa que el tribunal de primera instancia sigue conociendo del asunto, para evitar perjuicios a los apelantes se les permite solicitar una orden de no innovar. Art. 192 inc. 2º.

Esta petición de no innovar debe formularla el apelante y la ley no señala la oportunidad para hacer uso de esta facultad. De allí que pueda ejercerse desde el momento que ingresan los autos en secretaría y hasta antes de la vista de la causa.

Esta orden debe ser otorgada por el tribunal de alzada por resolución fundada y los efectos que se derivan de ella es que suspende los efectos de la resolución recurrida o bien paraliza su cumplimiento según sea el caso. El tribunal superior puede restringir esos efectos mediante una resolución fundada.

Los motivos invocados por el tribunal para conceder la orden no constituyen motivo para inhabilitarlo.

Cómo se tramita esta orden de no innovar

Cuando se solicita ésta, el presidente del respectivo tribunal debe distribuir estas causas entre las diversas salas en que pueda estar dividido el tribunal, mediante sorteo, y la sala sorteada resuelve en cuenta sobre esta solicitud de orden de no innovar..

Una vez decretada esta orden, la causa queda radicada en esta sala, ella será la que conozca del recurso de apelación interpuesto y esa causa va a gozar de preferencia para figurar en la tabla así como en su vista y en su fallo.

Esta orden produce radicación únicamente cuando se concede, pero no cuando se deniega y además esa orden de no innovar sólo va a operar únicamente en relación con el recurso de apelación en que ella recayó ( principio de la personalidad )

Orden de no innovar: es no hacer nada nuevo, no mudar o alterar las cosas introduciendo novedades. Según Alsina es dejar las cosas en el estado en que se encontraban en un determinado momento.

De ahí que sea una resolución judicial dictada por un órgano jurisdiccional en cuya virtud se ordena a un tribunal inferior que está conociendo de un asunto, paralizar el procedimiento y no llevar a efecto gestión alguna que tienda a proseguir la tramitación de la causa o a cumplir la resolución objetada.

Daniel Ferreira dijo...

SUBCONTRATACION: CORTE DE ANTOFAGASTA ACOGE RECURSO DE CODELCO
Orden de no innovar congela orden de Dirección del Trabajo...

La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió dos órdenes de no innovar interpuestas en los recursos de protección solicitados Codelco, tras rechazar la minera estatal la orden de la Dirección del Trabajo de internalizar a unos cinco mil trabajadores subcontratados.

En tanto, se espera la resolución de la justicia en similares casos como son en Copiapo, Codelco Norte, en el Salvador

Hoy se agregó la división El Teniente, con un escrito similar ante la Corte de Apelaciones de Rancagua, y las divisiones Andina y Ventanas, en una acción presentada en el tribunal de alzada de Valparaíso.

En tanto, los trabajadores del Confederación de trabajadores de Cobre, anunciaron un paro nacional de 24 horas y llamaron a la presidenta Michelle Bachelet a respetar los compromisos con los trabajadores chilenos.

Para Cristian Cuevas, presidente de la CTC, Codelco debe cumplir las orientaciones del Ejecutivo, y que los cargos del la ministra de Minería, Karen Poniachik, de su par de Hacienda, Andrés Velasco y del presidente ejecutivo de la entidad, José Pablo Arellano son de responsabilidad de Bachelet.

“Codelco pertenece a todos los chilenos, a los millones de chilenos y no a un grupo de tecnócratas que de alguna manera están más aliados del empresariado transnacional y cuya finalidad última es privatizar la minera estatal”, resaltó.